Durante la semana pasada los docentes de la escuela mantuvimos el estado de alerta y movilización por lo que fuimos siguiendo atentamente el curso de los acontecimientos. En las diferentes asambleas realizadas coincidimos, en que no podemos seguir esperando que los diferentes trámites administrativos sigan su curso, porque no tenemos condiciones edilicias mínimas para trabajar con alguna tranquilidad.
A partir de la semana que viene haremos una amplia convocatoria a padres, ex alumnos, ex docentes y comunidad en general para que acompañen este ejercicio ciudadano de reclamar al Estado Provincia,l una respuesta efectiva a los gravísimos problemas de infraestructura que tenemos, porque si bien es cierto se efectuaron trabajos en los baños, aún resta mucho por hacer. Por eso en esta crónica, al pie de página, presentamos algunas de las fotos que testimonian el deterioro con el que convivimos a diario.
Los docentes de la escuela podemos disentir en muchas cosas, pero coincidimos en este punto: Así no podemos seguir. Necesitamos que el Estado provincial de respuestas efectivas a los problemas que tenemos. En esa demanda se inscribe también la necesidad de una resolución del C.G.E. respecto de la situación con Cooperadora.
Los graves problemas que tenemos inciden en las posibilidades de brindar una mejor educación a nuestros chicos. Decimos esto porque a lo que señaláramos respecto de la infraestructura se suman otras urgencias que obstaculizan el trabajo diario. Urge la reposición de vidrios en las aulas, de los juegos para el Jardín de Infantes, el arreglo de los televisores, videos, reproductores de DVD, la reposición y arreglo de ventiladores, y del mobiliario en general para todos los niveles de nuestra escuela, solo por citar algunas de las muchas necesidades que tenemos.
Esto lo reiteramos porque garantizar una educación de calidad supone contar con las condiciones materiales que permitan hacerla posible.
Para finalizar, agradecemos a los colegas que enviaron fotos de los lugares de la escuela por donde circulan. Nos comprometemos a presentar parte de ese material en cada informe que hagamos.
Una cosa más a tener presente es lo que plantea la Ley de Educación Nacional, sancionada el 14 de diciembre de 2.006, y a la que ya hiciéramos especial referencia. En los diferentes artículos del capítulo I que integran las Disposiciones Generales y establecen Principios, Derechos y Garantías referidos a la educación y atinentes a la responsabilidad del Estado establece que:
ARTICULO 1º — La presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella, conforme con las atribuciones conferidas al Honorable Congreso de la Nación en el artículo 75, incisos 17, 18 y 19, y de acuerdo con los principios que allí se establecen y los que en esta ley se determinan.
ARTÍCULO 2º — La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado.
ARTICULO 3º — La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación.
ARTICULO 4º — El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias.
ARTICULO 5º — El Estado nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales.
ARTICULO 6º — El Estado garantiza el ejercicio del derecho constitucional de enseñar y aprender. Son responsables de las acciones educativas el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos fijados por el artículo 4º de esta ley; los municipios, las confesiones religiosas reconocidas oficialmente y las organizaciones de la sociedad; y la familia, como agente natural y primario.
ARTICULO 7º — El Estado garantiza el acceso de todos/as los/as ciudadanos/as a la información y al conocimiento como instrumentos centrales de la participación en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social.
ARTICULO 8º — La educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común.
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